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La Sociedad Civil en el Ordenamiento Jurídico Español: Disolución y Procedimientos

La sociedad civil es una figura jurídica contemplada en el Código Civil español que permite a dos o más personas unirse mediante un contrato para llevar a cabo una actividad con un fin común, compartiendo beneficios y obligaciones. Este tipo de sociedad, caracterizada por su carácter personalista y la ausencia de personalidad jurídica independiente, es especialmente útil para proyectos pequeños o familiares.

Requisitos para Acordar la Disolución de una Sociedad Civil

La disolución de una sociedad civil está regulada por los artículos 1.700 y siguientes del Código Civil. Las causas comunes para su disolución incluyen:

  1. Cumplimiento del plazo fijado en el contrato: Si la sociedad se constituyó con una duración limitada, el vencimiento de dicho plazo implica su disolución automática, salvo que los socios acuerden expresamente su prórroga.
  2. Finalización del objeto social: Una vez alcanzado el fin para el cual se creó la sociedad, esta puede disolverse.
  3. Imposibilidad de continuar con el objeto social: Por circunstancias ajenas a la voluntad de los socios, como cambios legislativos o falta de viabilidad económica.
  4. Acuerdo unánime de los socios: Siempre que todos los comuneros estén de acuerdo, la disolución puede llevarse a cabo sin mayores inconvenientes.
  5. Decisión judicial o administrativa: Cuando existen conflictos graves entre los socios o incumplimientos de obligaciones legales.
  6. Muerte, incapacidad o insolvencia de uno de los socios: Salvo que se estipule lo contrario en el contrato social.

Procedimiento de Disolución

El proceso de disolución varía dependiendo de si existe acuerdo entre los comuneros o no.

Disolución por Acuerdo de los Comuneros

Cuando hay consenso entre los socios, el proceso es relativamente sencillo:

  1. Redacción de un acuerdo formal: Los socios deben documentar su decisión en un acta, especificando las razones de la disolución y los pasos a seguir.
  2. Liquidación de la sociedad: Se realiza un inventario de los activos y pasivos de la sociedad, se liquidan las deudas y se distribuyen los bienes restantes entre los comuneros en proporción a su participación.
  3. Cancelación de registros fiscales y administrativos: Es necesario comunicar la disolución a la Agencia Tributaria y otros organismos pertinentes.
Disolución sin Acuerdo entre los Comuneros

En caso de desacuerdo, el proceso puede ser más complejo y, en muchos casos, requiere intervención judicial:

  1. Solicitud judicial de disolución: Uno o varios socios pueden acudir al juzgado para solicitar la disolución alegando causas legales.
  2. Nombramiento de un liquidador: El juez puede designar a un liquidador que se encargue de gestionar la liquidación de la sociedad.
  3. Liquidación forzosa: Se procede a la venta de activos, pago de pasivos y distribución del remanente bajo supervisión judicial.
  4. Resolución de conflictos: En caso de disputas sobre la distribución de bienes, será el juez quien dicte la forma en que deben dividirse.

Cortés & Co. Abogados: Su Mejor Aliado en Málaga

La disolución de una sociedad civil puede ser un proceso complejo, especialmente cuando surgen desacuerdos entre los socios. En Cortés & Co. Abogados, contamos con un equipo de expertos en derecho civil y societario que le guiará durante todo el proceso, asegurando que se respeten sus derechos y se alcance la mejor solución posible. Como el mejor despacho en Málaga, estamos comprometidos con ofrecer un servicio personalizado, eficiente y de la más alta calidad.

Si necesita asesoramiento legal o desea iniciar el proceso de disolución de una sociedad civil, no dude en contactar con nosotros. Estamos aquí para ayudarle.

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