La Audiencia Provincial de Girona, en su Sentencia 59/2021, corrige el fallo de Instancia y condena a una aseguradora a indemnizar a un negocio con 6.000€ por las pérdidas producidas por el confinamiento.
En su resolución, la Audiencia destaca que la póliza, en su cobertura de lucro cesante o pérdida de beneficios, no recogía expresamente el riesgo de pandemia, ni tampoco lo excluía, contraviniendo el impago de la prima las expectativas del asegurado y la finalidad del contrato.
Consciente de ser pionera en el sentido del fallo, el Tribunal no impone la costas de Primera Instancia a la aseguradora debido a las “dudas de derecho e interpretaciones jurisprudenciales que puedan surgir” tanto a favor como en contra.
Esta Sentencia supone un hito a favor de empresarios y autónomos que han visto como el cierre indiscriminado de sus negocios les ocasionaba cuantiosas pérdidas.
Las aseguradoras, por su parte, esperan que este tipo de resoluciones no se generalicen, pese a que este criterio se está imponiendo en jurisdicciones como las de Reino Unido o Francia.
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