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Jurisdicción de Menores en España: Diferencias y Características Especiales

La jurisdicción de menores en España está diseñada para abordar los delitos cometidos por jóvenes que aún no han alcanzado la mayoría de edad penal, es decir, los menores de 18 años. Esta jurisdicción se rige por una normativa específica que tiene en cuenta la vulnerabilidad de los menores y su capacidad de reintegración en la sociedad. Cortés & Co. Abogados es el despacho especializado en este tipo de procesos judiciales, garantizando un trato adecuado y la defensa de los derechos de los menores en todo momento.

Diferencias entre la Jurisdicción de Menores y los Procesos Penales de Adultos

  1. Normativa Aplicable : Mientras que los adultos son juzgados bajo el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Penal, los menores son procesados ​​conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM) . Esta ley contempla medidas específicas para jóvenes de entre 14 y 18 años que hayan cometido delitos. El objetivo principal no es tanto la sanción punitiva como la reeducación y reintegración del menor en la sociedad.
  2. Finalidad Reeducadora : En los procesos penales para adultos, el enfoque principal es el castigo por la infracción cometida, mientras que la jurisdicción de menores busca principalmente la rehabilitación del joven. Se parte de la premisa de que los menores tienen una mayor capacidad de cambio y evolución personal, por lo que el sistema prioriza su educación, orientación y adaptación social.
  3. Medidas en lugar de penas : En lugar de imponer penas privativas de libertad, los jueces de menores pueden aplicar medidas reeducativas y sancionadoras . Estas pueden ser desde el internamiento en centros especializados hasta trabajos en beneficio de la comunidad, libertad vigilada, asistencia a programas de formación o terapia, y otras medidas diseñadas para corregir la conducta del menor sin estigmatizarlo con un historial delictivo.
  4. Privacidad y Confidencialidad : A diferencia de los procesos penales para adultos, los procedimientos en la jurisdicción de menores son estrictamente confidenciales . La identidad de los menores implicados en procedimientos judiciales es protegida, y las audiencias no son públicas. Esto garantiza que el menor no sufra un perjuicio adicional por la difusión de su situación judicial.
  5. Intervención de Equipos Técnicos : En los procesos de menores, jueces y fiscales se apoyan en informes elaborados por equipos técnicos especializados en psicología, trabajo social y pedagogía. Estos informes ayudan a determinar el grado de madurez del menor y el tipo de medidas que resultan más adecuadas para su caso particular.
  6. Incapacidad Penal : La ley distingue entre menores infractores de 14 a 18 años y aquellos que son menores de 14 años. En este último caso, los menores no son penalmente responsables, y cualquier conducta delictiva que cometan es tratada en el ámbito familiar y social, sin intervención del sistema judicial penal.

Características Especiales de la Jurisdicción de Menores

La jurisdicción de menores presenta varias características que la distinguen de otros procedimientos judiciales. Estos incluyen un enfoque multidisciplinario y la flexibilidad en la aplicación de medidas adaptadas a las necesidades individuales de cada menor.

  1. Principio de Proporcionalidad : Las aplicadas en esta jurisdicción se basan en el principio de proporcionalidad , es decir, que la sanción o medida debe ser medidas acorde con la gravedad del hecho cometido, pero también con la situación personal del menor, su entorno y sus posibilidades. de reinserción social.
  2. Medidas no Punitivas : Entre las más comunes en este ámbito se encuentran el internamiento en régimen, semiabierto o cerrado , la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, y la asistencia a programas específicos de tratamiento educativo o psicológico. En casos graves, como homicidios, pueden aplicarse medidas más estrictas, como el internamiento en centros especiales.
  3. Duración Limitada : La duración de las medidas impuestas a menores está sujeta a límites. Por ejemplo, el internamiento en un centro no puede superar los cinco años en casos de delitos muy graves. En todo momento, se garantiza que el menor tenga ac.
  4. Rehabilitación y Reinserción : Erehabilitación del infractor ,

En Cortés & Co. Abogados contamos con una amplia experiencia en la jurisdicción de menores

Defender los derechos de los menores implica no solo conocer la ley, sino también entender las circunstancias particulares de cada joven y su entorno familiar. Nuestros abogados trabajan mano a mano con las familias y los equipos técnicos para garantizar la mejor defensa posible y la adopción de medidas justas y proporcionadas.

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