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La indemnización a los testigos por los gastos derivados de su intervención en procesos judiciales está regulada en diversas normativas dependiendo del país.

En términos generales, este derecho busca garantizar que los testigos puedan cumplir con su obligación sin sufrir perjuicio económico. A continuación, se aborda esta cuestión en términos generales:


1. Legislación

En muchos países, la normativa sobre indemnización a los testigos está incluida en sus códigos procesales civiles, penales o en leyes específicas sobre procedimiento judicial.

  • España: La Ley de Enjuiciamiento Penal (LECrim) en su artículo 375 establece que los testigos tienen derecho a ser indemnizados por los gastos ocasionados por su intervención.
  • Otros países: Existen normativas similares en códigos procesales de América Latina, Europa y otros lugares, que garantizan este derecho para evitar cargas económicas indebidas.

2. Requisitos para recibir la indemnización

Para acceder a la indemnización, se deben cumplir ciertos requisitos básicos:

  1. Citación válida: El testigo debe haber sido citado formalmente por el juzgado o tribunal.
  2. Comparecencia efectiva: El testigo debe presentarse y cumplir con la obligación de declarar.
  3. Solicitud de indemnización: Por lo general, el testigo debe solicitar el reembolso de los gastos en el mismo acto de su comparecencia oa través de los canales establecidos por el tribunal.
  4. Justificación de gastos: En algunos casos, se exige presentar comprobantes o documentación que respalden los gastos (facturas, billetes de transporte, etc.).

3. Procedimiento para solicitar la indemnización

El proceso puede variar según la jurisdicción, pero incluye generalmente:

  1. Solicitud verbal o escrita al tribunal: El testigo debe informar al juez o secretario judicial que desea solicitar la indemnización. Esto puede suceder durante la comparación o posteriormente.
  2. Presentación de justificantes: Si se requiere, los testigos deben aportar recibos, boletos u otros documentos que acrediten los gastos.
  3. Resolución: El tribunal evalúa la solicitud y dicta una resolución aprobando o rechazando la indemnización.
  4. Pago: En algunos casos, el pago es inmediato, mientras que en otros puede realizarse por transferencia bancaria en días posteriores.

4. Gastos que cubren la indemnización

Los gastos que se indemnizan suelen incluir:

  • Transporte: Costes de desplazamiento, ya sea en transporte público o privado. Si se utiliza vehículo propio, puede reembolsarse una importación por kilómetro.
  • Dietas: Gastos de manutención necesarios durante el tiempo que el testigo esté fuera de su domicilio habitual.
  • Alojamiento: En caso de que el testigo deba pernoctar fuera de su lugar de residencia.
  • Pérdida de ingresos: En algunas legislaciones, se indemniza por los ingresos dejados de percibir debido a la comparecencia.

5. Consideraciones especiales

  • Testigos protegidos: En el caso de testigos que forman parte de programas de protección, los gastos suelen ser gestionados directamente por las autoridades competentes.
  • Testigos con discapacidad o necesidades especiales: En algunas jurisdicciones, se incluyen costos adicionales relacionados con asistencia o apoyo.

Ejemplos prácticos en España

Un testigo es citado a declarar en un juzgado a 100 km de su residencia. Utiliza su coche particular y presenta recibos por 40 € en combustible y 20 € en comida. Al comparar, solicita la indemnización, adjuntando los recibos. El tribunal evalúa la solicitud y, al comprobar la citación válida y los gastos justificados, ordena el reembolso.

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